Se
Inauguró el Cementerio de Guerra y
Monumento a los Argentinos Caídos en la Guerra
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La
COMISIÓN DE FAMILIARES DE CAÍDOS EN MALVINAS tuvo siempre
como objetivo principal, realizar el homenaje a TODOS LOS HÉROES
en las Islas Malvinas, erigiendo en su memoria un Monumento en el propio
lugar donde dieron sus vidas.
Durante largos años, los británicos –con algunos cómplices
locales-, intentaron expulsar los restos de los soldados argentinos, enviándolos
al continente.
Sin embargo, los familiares de los caídos y los veteranos de guerra
resistieron esta posibilidad, organizando los viajes-homenajes por parte
de los deudos de los Héroes al Cementerio de Darwin. Fruto de estas
visitas, fueron surgiendo ideas y necesidades materiales y espirituales,
que luego fueron las bases para organizar un Concurso de Proyectos del
Monumento a los Caídos en Malvinas. Mediante la decisión
unánime de familiares y veteranos de guerra, se eligió un
Proyecto que, en sucesivas etapas, fue modificándose hasta el que
efectivamente se empleó en la construcción, cuya autoría
es de los Arquitectos Mónica Cordero de Berraz y Carlos Antonio
D’Aprile. El Monumento está organizado en base a dos muros
curvos de 26 metros de desarrollo cada uno y una altura de dos metros,
donde 24 placas de granito contienen grabados los nombres de todos los
caídos en combate. En el extremo derecho del muro Este está
colocada una ermita que contiene la Imagen de la Virgen de Luján
de 1,50 metros de altura. En el extremo izquierdo del muro Oeste, lleva
una placa con la inscripción: “El pueblo de la Nación
Argentina en memoria a los soldados argentinos caídos en acción
en 1982”. En el centro de los muros se levanta una Cruz de una altura
de 3 metros apoyada sobre una plataforma elevada que se continúa
en las veredas perimetrales que parten de los muros. Se agregó
a cada sepultura una placa de granito en forma horizontal, que lleva inscripto
el nombre del caído o una inscripción que indica que no
se han reconocido los restos, según el caso. Los materiales a utilizar
fueron: pórfido patagónico para el revestimiento de la cara
principal de los muros y veredas, y piedra del lugar para la cara posterior.
Las placas con los nombres son de granito negro. La concreción
de la obra supuso casi seis años de arduas gestiones, y fue financiada
casi enteramente con aportes del Sr. Eduardo Eurnekián.
El 21 de Febrero de 2004 el Monumento fue trasladado a las Islas y el
8 de Abril de ese año, se terminó de emplazarlo.
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2009
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Con una ceremonia realizada en dos etapas (los días 3 y 10 de Octubre)
se realizó la inauguración del Monumento y el Cementerio
de Guerra en Darwin, en las Islas Malvinas.
Para estos actos viajaron los familiares de los caídos, coordinados
por la Comisión de Familiares de Caídos en las Islas Malvinas.
En el segundo viaje se emplazó una imagen de la Virgen de Luján
que recorrió el país de punta a punta, llegando hasta el
Sector Antártico Argentino, y que fue despedida por una procesión
por la Avenida de Mayo en la Ciudad de Buenos Aires. Cuando se estaba
realizando el primer viaje, la imagen peregrinó al Santuario de
Luján en el marco de la Peregrinación Juvenil Anual.
El
Cementerio de Guerra de Darwin fue Declarado Lugar Histórico
Nacional
por el Congreso de la Nación.
Ley
26.498
Declárase Lugar Histórico Nacional al Cementerio de
Guerra de los Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico
Sur emplazado en el Cementerio de Darwin, Isla Soledad.
Sancionada: Mayo 13 de 2009.
Promulgada de Hecho: Junio 4 de 2009.
El Senado y Cámara de Diputados de la Nación Argentina
reunidos en Congreso, etc. sancionan con fuerza de Ley:
ARTICULO
1º — Declárase lugar histórico nacional
al cementerio de guerra de los caídos en Malvinas e Islas
del Atlántico Sur, emplazado en el cementerio de Darwin,
Isla Soledad.
ARTICULO
2º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos
y Lugares Históricos, dependiente de la Secretaría
de Cultura de la Nación , instrumentará todo lo atinente
al cumplimiento de la presente ley y convendrá con la Comisión
de Familiares de Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico
Sur, las medidas pertinentes a efectos de asegurar la custodia,
conservación, refacción y restauración del
lugar histórico nacional que se declara por esta ley.
ARTICULO
3º — La Comisión Nacional de Museos y de Monumentos
y Lugares Históricos inscribirá en el Registro Nacional
de Bienes Históricos el lugar declarado por el artículo
1º de la presente ley con la referencia lugar histórico
nacional.
ARTICULO
4º — Comuníquese al Poder Ejecutivo.
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Comisión
de Familiares de Caídos en Malvinas e Islas del Atlántico
Sur:
Honduras 5663 - Buenos Aires
Tel: (011) 7008-2473
cfamiliares@yahoo.com.ar
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FUENTE Y FOTOS: COMISION DE FAMILIARES - www.heroesdemalvinas.org.ar
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